domingo, 29 de julio de 2007

Negocios

Finanzas para no-expertos.

¿QUÉ ES UN FIDEICOMISO?

El origen de la palabra proviene del latín, "Fideicommisum", de fides (fe) y commisum (confiado). Según la Ley 24.441, "Habrá fideicomiso cuando una persona (el fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al
cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario".
Para explicarlo en forma sencilla, un fideicomiso es un contrato que se realiza mediante una escritura pública, en el que una persona transmite la propiedad de bienes determinados a otra persona, quien se obliga a ejercerla en beneficio de un tercero designado y a devolverla cuando se cumpla un plazo o condición predeterminada.

Entonces, en el fideicomiso intervienen tres actores:
El fiduciante, que es quien transmite la propiedad de un bien determinado.
El fiduciario, que es quien recibe la propiedad del bien para ejercerla en beneficio de un tercero definido en el contrato.
Y el beneficiario (puede designarse más de uno) que es quien justamente se verá favorecido por el ejercicio de la propiedad que haga el fiduciario.

Por lo anterior, se comprende que el negocio fiduciario es "complejo", en tanto articula relaciones reales (transferencia de dominio fiduciario) y personales (acuerdo de voluntades entre diferentes personas); es un negocio de "confianza", en tanto su ejecución implica transferencia de dominio fiduciario y es un negocio de "colaboración", en la medida en que las partes deben interactuar con sostenida buena fe a efectos de cumplimentar
los mandatos contenidos en el acuerdo de voluntades.
Este instrumento se adapta perfectamente a las necesidades de las partes cuando se trata de llevar adelante, por ejemplo, un emprendimiento inmobiliario con fondos de terceros inversores. Esta figura se generalizó como soporte del boom inmobiliario de Capital Federal, Rosario, Córdoba, por ejemplo, siempre refiriéndonos a fideicomisos privados.
El modo de uso de la figura es simple: el propietario de un terreno con aptitud constructiva se asociaba, por ejemplo, con un desarrollador, un constructor o un proveedor de materiales de la construcción y aunaban aportes, esfuerzos materiales y dinerarios para desarrollar el proyecto inmobiliario.
Resuelta la estructura de la "colaboración" empresaria, se procedía a la venta de las unidades desde el pozo mismo de construcción. En la mayoría de casos, la pre-venta resolvía toda la necesidad de fondos.
La existencia de fondos y la fuerte demanda de departamentos funcionaron como un estímulo importante al desarrollo del fideicomiso inmobiliario como figura jurídica, atenuando los riesgos de terminación de la obra, inflación y aumento de precios, impericias profesionales, etc.

En economías como las de América Latina, caracterizadas por su inestabilidad cíclica y los fuertes costos transaccionales adheridos al ejercicio del derecho de propiedad, esta estructura de negocios es de un uso muy común por su flexibilidad, seguridad y consistencia, de cara al mundo de los negocios.
Según la Cámara Argentina de Fideicomisos, en el primer bimestre de 2007 la Bolsa de Comercio de Buenos Aires autorizó la cotización de 20 fideicomisos, todos denominados en pesos y por un total de $ 1.302 millones. Los activos subyacentes (es decir, el bien luego del uso dado por el fideicomiso) fueron préstamos garantizados (títulos públicos) en un 46%, consumo 41%, tarjetas de crédito 8%, créditos comerciales 4% e inmobiliario/hipotecario en otro 4%.
Por Alberto Spagnolo, Director de Cohen Sociedad de Bolsa.
Para contactar al autor: Cohen Sociedad de Bolsa
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